Comunicación “A” 7340: El BCRA establece nuevas disposiciones para las operaciones de contado con liquidación.

El pasado 12.08.2021 el Banco Central de la República Argentina (BCRA) emitió la Comunicación “A” 7340 en la cual se establece que las operaciones de compra venta de títulos valores que se realicen con liquidación en moneda extranjera deberán abonarse por alguno de los siguientes mecanismos: 

 (i) Mediante transferencia de fondos desde y hacia cuentas a la vista a nombre del cliente en entidades financieras locales.

 (ii) Contra cable sobre cuentas bancarias a nombre del cliente en una entidad del exterior que no esté constituida en países o territorios donde no se aplican las Recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional. 

Por último, la norma citada prohíbe la liquidación de estas operaciones mediante el pago en billetes en moneda extranjera, o mediante su depósito en cuentas custodia o en cuentas de terceros.