MERCADO DE CAPITALES: NUEVA RESOLUCIÓN DE LA UIF
El 10.05.2023 se publicó la Resolución UIF N°78/2023, aplicable a los Sujetos Obligados del mercado de capitales, la que establece los requisitos mínimos para la identificación, evaluación, monitoreo, administración y mitigación de los riesgos de lavado de activos y financiación del terrorismo (LA/FT). La misma entrará en vigor el día 1 de julio y sustituirá a la actual Resolución UIF N°21/2018.
• La Resolución introduce la definición de “cartera propia” en los mismos términos que la normativa de la CNV, para hacer referencia a las operaciones realizados por Agentes de Bolsa para sí, para sus sociedades controladas/controlantes o de un mismo grupo económico, o para sus parientes. A su vez, establece obligaciones aplicables a dicha operatoria, como la de efectuar un perfil de riesgo transaccional y un legajo propio.
• La Resolución introduce una serie de supuestos de alto riesgo en torno a la calificación y segmentación de clientes que implican la necesidad de aplicación de una Debida Diligencia Reforzada.
• La Resolución establece un mecanismo de actualización automática que toma como parámetro el Salario Mínimo Vital y Móvil, que servirá como tope para la aplicación de las medidas de Debida Diligencia Simplificada en los Sistemas de Financiamiento Colectivo.
• La Resolución añade señales de alerta orientativas a tener en cuenta por los obligados para determinar si se debe realizar un Reporte de Operación Sospechosa (ROS).
• La Resolución impone a los Sujetos Obligados la obligación de presentar la autoevaluación de riesgos anual cada vez que se modifique su nivel de riesgo.
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